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Huérfanas

En 2023 se cumplen 30 años desde que Colombia asumió la responsabilidad de velar por la prevención de delitos relacionados con tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, que con los años ha evolucionado en la implementación de sistemas de cumplimiento para la prevención de delitos como asociados al lavado de activos. Lo propio ocurre con la lucha por la transparencia y la ética empresarial, que en Colombia inició desde 2012 con la firma de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros, y en 2023 se cumple 11 años exactamente. 

Desde que el país se comprometió con las buenas practicas internacionales en torno a la prevención de estos riesgos, hemos visto el esfuerzo de algunas entidades estatales por reglamentar la forma en la cual las sociedades colombianas sujetas a su supervisión deben autorregularse e implementar sistemas que busquen la prevención y manejo de riesgos asociados al lavado de activos y/o a la corrupción. Al igual que otros países, como México y Argentina, un grupo de entidades colombianas ha establecido sistemas para la prevención de estos riesgos, como el hoy SAGRILAFT y los PTEE. Hasta el momento, dentro de este grupo de entidades tenemos Superintendencias como la de Sociedades, la Financiera y la de Transporte e incluso la Alcaldía Mayor de Bogotá.

A pesar de los regímenes ya reglamentados, persiste la pregunta de ¿qué pasa con las sociedades cuya autoridad de supervisión no ha establecido la obligación ni los parámetros para la adopción de estos sistemas de cumplimiento?. Este resulta ser el caso de todas las sociedades que se dedican al transporte tanto de carga como de pasajeros, las entidades financieras y las que prestan servicios públicos, que quieran implementar sistemas anticorrupción y en algunos casos también ocurre frente a sistemas de prevención de riesgos LA/FT.

Al chocar con esta realidad nos encontramos con un gran vacío regulatorio en Colombia por parte de las entidades de supervisión, vacío que recodemos cumple 30 y 11 años respectivamente. Seguimos a la espera de que estas entidades reglamenten el diseño, implementación y desarrollo de los programas de cumplimiento, aún más ahora con el empujón que al respecto de los Programas de Transparencia y Ética Empresarial dio la reciente Ley 2195 de 2022. 

Mientras tanto, desde CMM hemos propuesto a nuestros clientes una alternativa. La solución por ahora será similar a la supervisión residual ejercida por la Superintendencia de Sociedades, de manera que, en aquellos casos en los que la entidad de supervisión no haya reglamentado estos aspectos, las sociedades que deseen implementar sistemas de cumplimiento podrán ajustarse a los lineamientos más completos que existen en el país al momento, los dictados por la Superintendencia de Sociedades por medio de los capítulos X y XIII de su Circular Básica Jurídica.

La Superintendencia de Sociedades terminará adoptando temporalmente a las sociedades huérfanas en temas de prevención de riesgos LA/FT y de corrupción, mientras que las respectivas entidades de supervisión se encargan de reglamentar lo necesario. Una vez sean determinados los regímenes específicos para cada sector, bastará con actualizar los sistemas ya implementados en las empresas y ajustarlos a la nueva normativa. Sin desmeritar los esfuerzos por tener compañías más transparentes y legales, esfuerzos que recordemos, traen entre otras consecuencias, la valorización de acciones y la celebración de negocios más seguros.